TC prohíbe el uso de apodos en los procesos judiciales

TC prohíbe el uso de apodos en los procesos judiciales

El Tribunal Constitucional emitió la sentencia TC/0225/25 en la que prohíbe al Ministerio Público y sus dependencias utilizar públicamente motes o sobrenombres en sus expedientes judiciales, tras determinar que esta práctica vulnera la presunción de inocencia, la dignidad humana, el derecho al honor y buen nombre de los procesados.

Esta decisión se emite a favor del exprocurador Jean Alain Rodríguez, quien interpuso ante el alto tribunal una acción de inconstitucionalidad cuyo objetivo era que el Ministerio Público desistiera de seguir llamando caso Medusa u operación Medusa el proceso judicial en su contra.

El trayecto para ser favorecido por la justicia ante este reclamo le tomó casi cuatro años al exfuncionario, tiempo que lleva su caso en los tribunales.

Rodríguez fue sometido a la justicia con una acusación de corrupción administrativa en junio de 2021 y en tan solo unos meses buscó por las vías judiciales que el Ministerio Público desistiera del mote de caso Medusa. Dos tribunales, el Tribunal Superior Administrativo y el Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional le rechazaron las acciones judiciales.

  • Las decisiones de estos tribunales se emitieron en febrero y abril de 2022, respectivamente. Posteriormente el 9 de mayo de ese mismo año, la defensa de Rodríguez incoó un recurso de revisión constitucional de las sentencias de amparo que no le favorecieron.

Este miércoles, faltando ocho días para cumplirse tres años del depósito del recurso de revisión, el Tribunal Constitucional dictó la sentencia TC/0225/25 que reivindica al exprocurador.