Los jueces del Tribunal Colegiado de Puerto Plata condenaron un hombre a 20 años de reclusión, tras ser hallado culpable de cometer los delitos de violación sexual e incesto contra una menor.
La condena le fue aplicada a quien por razones legales solo fue identificado con el apodo “Papo”, el cual ya hace 12 meses cometió el hecho delictivo en el populoso sector La Ciénaga del distrito municipal de Cabarete.
Durante el transcurrir del juicio de fondo, se ventiló que el agresor mantenía bajo amenaza a la víctima que era su propia hija de 13 años de edad, lo cual causó gran indignación en esa comunidad de la provincia Puerto Plata.
En el veredicto se declara al individuo culpable de violar de manera flagrante los artículos 332-1 y 332-2 del Código Penal Dominicano, modificados por la estricta Ley 24-97 sobre violencia intrafamiliar, de género y delitos sexuales.
Se precisa que el artículo 332-1 define el delito de Incesto como cualquier acto de naturaleza sexual realizado por un adulto, mediante engaño, violencia, amenaza, sorpresa o constreñimiento, contra un niño, niña o adolescente.
Esto aplica cuando el agresor y la víctima están ligados por lazos de parentesco natural, legítimo o adoptivo hasta el cuarto grado, o por lazos de afinidad hasta el tercer grado.
El artículo 332-2 establece las sanciones al delito de incesto que es castigado con la pena del máximo de la reclusión, sin que el tribunal pueda acoger circunstancias atenuantes a favor de los acusados, y actualmente, la pena máxima es de 20 años de prisión.
Tan pronto el citado tribunal emitió la sentencia, el tal “Papo” fue confinado al Centro de Corrección y Rehabilitación San Felipe, donde deberá cumplir la pena que le fue impuesta por el delito que cometió y por lo cual fue calificado como “un monstruo”.
Se recuerda que fue el 11 de junio del 2025 que agentes de la Policía Nacional apresaron al mencionado sujeto ejecutando así una orden judicial emitida en contra, bajo la acusación de haber abusado sexualmente de una menor de edad.












