Ministerio de Trabajo inicia plan piloto de regulación del trabajo doméstico

Ministerio de Trabajo inicia plan piloto de regulación del trabajo doméstico

Santo Domingo. – El Gobierno dominicano, a través del Ministerio de Trabajo, puso en marcha este lunes el plan piloto de regulación del trabajo doméstico.

El mismo pone en práctica el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), del año 2011, sobre trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos, el cual fue ratificado por el Congreso Nacional en el año 2013.

A partir de este lunes 19 de diciembre estará disponible el sitio web http://domesticas.mt.gob.do, a través del cual los empleadores de trabajadores domésticos podrán realizar el registro de lugar. 

Al completar el formulario, los empleadores habrán suministrado los datos relacionados con el contrato de trabajo según las informaciones requeridas en la Resolución 14-2022, emitida por este Ministerio de Trabajo.

La finalidad de este proceso es identificar a la población que aplica para los beneficios contemplados en la Resolución 551-08, emitida por el Consejo Nacional de la Seguridad Social en fecha 25 de agosto del presente año.

Una vez completadas las validaciones y la adecuación de las plataformas tecnológicas de todas las entidades involucradas en este plan, la Tesorería de la Seguridad Social emitirá las notificaciones de pago correspondientes. Los pagos de lugar podrán realizarse a través de la red de bancos recaudadores de la Seguridad Social.

A la puesta en vigencia de este plan piloto, los trabajadores domésticos tendrán delimitación de jornadas laborales, cobertura mejorada de seguro familiar de salud, cobertura de riesgos laborales, pensiones de sobrevivencia y discapacidad, así como un plan de inclusión en el programa de pensiones solidarias.

De acuerdo con la Resolución CNS-11-2022 del Comité Nacional de Salarios, que entra en vigencia hoy, queda establecido el salario mínimo del sector doméstico en 10,000 pesos mensuales.

A los que disfrutan de un salario superior no les podrá ser reducido, de conformidad con el artículo 217 del Código de Trabajo, sin perjuicio de que dicho salario se mejore por convenio de las partes.

No importando el monto del salario devengado en el sector doméstico, el aporte para la seguridad social será fijo y se dividirá de la siguiente manera: 571.50 pesos que paga el empleador y 28.50 pesos que paga el trabajador, para un aporte total de 600 pesos.

Con el propósito de asegurar la financiación de las prestaciones de la Seguridad Social, el Gobierno hará un aporte del Estado de 259.43 pesos.