SANTO DOMINGO.- Margarita Cedeño, Abel Martínez, Francisco Domínguez Brito: nombres muy conocidos para los dominicanos. Ella, exvicepresidenta y ex primera dama de la República; alcalde de Santiago de los Caballeros, segunda capital del país, el segundo, y exsenador y ex procurador general el tercero.
Los tres están en el centro de la actualidad local como principales competidores en la precampaña del opositor Partido de la Liberación Dominicana (PLD) para la elección del candidato presidencial, a dos años de las elecciones para el próximo periodo constitucional dominicano (serán celebradas el segundo domingo de mayo de 2024).
Otras organizaciones políticas se aprestan también a la realización de sus competencias internas.
Precampañas políticas “extensas e indeterminadas”, según las describe el organismo dominicano de elecciones, la Junta Central Electoral (JCE), es una preocupación de décadas de este país que la JCE busca corregir, entre otras reformas, para garantizar procesos electivos más organizados y democráticos, y financieramente más equitativos y transparentes.
A esos fines sometió al Congreso el pasado 4 de abril sendos proyectos de modificación a la ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, del 15 de agosto de 2018 y 15-19 de Régimen Electoral, del 18 de febrero de 2019.
PLAZO VENCE EL 27 DE JULIO
El Senado conformó una comisión especial para estudiar ambos proyectos, la cual inició su trabajo con el relativo a la ley 33-18.
Pero mientras ya partidos están en precampaña, todavía esa comisión no concluye su examen.
DICE SENADO TIENE VOLUNTAD DE APROBARLAS YA
Aunque su presidente, el senador Ricardo de los Santos (PRM-Sánchez Ramírez),asegura que hay voluntad de aprobar las modificaciones en esta legislatura –termina el 27 de julio-, al menos ya no será a tiempo para limitar el periodo de precampaña.
“Nos hemos reunido varias veces y ya hemos revisado la ley completa y consensuado muchas de las modificaciones propuestas pero nos faltan algunos artículos sobre los que no puedo adelantar nada hasta que la comisión concluya su trabajo”, dijo De los Santos a Reseñas.
“Estamos obligados a aprobarla ahora, tenemos claros los plazos, ya los partidos están inmersos en la campaña”, indicó.
Una vez la comisión concluya la revisión de ese proyecto, evaluará el de modificación a la ley de Régimen Electoral, agregó.
Destacó que la comisión había trabajado hasta ese momento ajena a la discusión de la ley que la JCE y los partidos desarrollaron en el seno del Consejo Económico y Social (CES), en el marco de un diálogo convocado por el Gobierno sobre 13 reformas en distintas áreas de la vida nacional.
En cuanto a la Cámara de Diputados, una comisión presidida por el diputado Elías Wessin Chávez estudiará el proyecto una vez la del Senado concluya su trabajo, informó una fuente de la Cámara Baja.
REFORMAS
La JCE sugiere modificar 36 (44%) de los 81 artículos de la ley 33-18: 8, 13, 15, 16,18, 19, 24, 25, 28, 36, 39, 41, 42, 43,44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 53, 56, 58, 59, 61, 62, 63, 64, 66, 75, 78, 79, 80, 81.
Asimismo tres de sus “considerandos” y uno de sus “visto”.
Según explicó el presidente de la JCE, Román Jáquez Liranzo, los cambios buscan actualizar ese texto en cuanto a distintas sentencias del Tribunal Constitucional, el Tribunal Superior Electoral y el Tribunal Superior Administrativo”, contra distintos artículos de la misma.
Propone además la reducción de los topes de gastos y cambios en el régimen de financiamiento.
“Se fortalece el régimen de financiamiento, tendente a lograr mayor equidad en los procesos y se sugiere una readecuación de la parte sancionatoria, así como otros importantes tópicos”, sostuvo.
GASTO PRECAMPAÑAS SERÍA REDUCIDO EN 75%
Vale destacar que la reducción propuesta al nivel de gasto que la ley actualmente permite a precandidatos es de 75%.
De ser aprobada la modificación, el tope de gasto para un precandidato presidencial, que actualmente es de RD$527 millones (por el actual padrón electoral) pasaría a RD$131 millones.
La reducción llevaría el tope de gasto de precandidatos a senador o diputado a RD$92 millones de RD$23 actualmente y aplicaría también para los que compitan por convertirse en candidatos a alcaldes, regidores, directores de distritos municipales y vocales.
OBLIGACIÓN DE INFORMAR GASTOS
La JCE sugiere que los precandidatos presenten un informe de ingresos y gastos cada dos semanas.
Los que no lo hagan o excedan el tope legal serían penados con multas o inhabilitación de la precandidatura, régimen sancionatorio inexistente en la normativa vigente
PARTIDOS DEBEN CUBRIR ELECCIONES INTERNAS
Propone además: que los partidos cubran sus elecciones internas y sean los responsables de reglamentar, organizar y arbitrar sus primarias no la JCE.
60 DIAS DE PRECAMPAÑA
Asimismo, fijar en 60 días el periodo de precampaña a partir del 1 de julio del año preelectoral; incorporar la participación igualitaria de hombres y mujeres (que las listas de candidaturas partidarias sean 50% hombres y 50% mujeres), entre otros aspectos.
LEY ELECTORAL
En cuanto a la ley electoral, las modificaciones afectan 52 de sus 293 artículos (17.7%): 11, 13, 19, 25, 35, 36, 39, 53, 61, 64, 82,92, 93, 96, 100, 102, 104, 106, 108, 110, 111, 112, 114, 116, 120, 126, 130, 131, 136, 140, 141, 145, 172, 199, 204, 223, 225, 227, 250, 266, 267, 268, 269, 279, 280, 281, 282, 283, 284, 285, 286,287.
“La ley, aunque no tenga una vocación disruptiva debe provocar la necesidad de revisión de manera permanente después de cada proceso, para que promueva vías de soluciones renovadoras capaces de crear propuestas de valor frente al universo social”, dijo el miembro titular de la JCE Samir Chami Isa, quien supervisó la comisión del organismo que revisó la ley y propuso las modificaciones.
Entre las modificaciones destaca la de fijar como obligatorios los debates entre los candidatos a los cargos de vicepresidente y presidente de la República y disminución de los gastos de la campaña.
El tope legal que candidatos a la presidencia podrían gastar por elector pasaría de RD$122.50 a RD$42.85; de RD$105.00 a RD$36.75 para candidatos a legisladores.
Alcaldes y directores municipales, de RD$87.50 a RD$30.63; regidores y vocales, de RD$43.75 a RD$15.00.
Propone además que las contribuciones individuales a los candidatos no podrán ser más del 0.50% de los topes legales.
NUEVO ARTÍCULO EN LA 15-19
La nueva ley adicionaría un artículo, relativo al mecanismo para la designación de un congresista en caso de ocurrencia de vacantes de senadores y diputados.
Asimismo, un capítulo sobre “el Ministerio Pública Electoral”.
REFORMAS PODRÍAN TARDAR
Según la Constitución dominicana, proyectos de ley que queden pendientes en una de las dos cámaras al cerrarse la legislatura ordinaria seguirán los trámites constitucionales en la legislatura siguiente hasta ser convertidos en ley o rechazados. De lo contrario perimen y deberán ser reintroducidos.
Proyectos de ley rechazados en una cámara no pueden presentarse en ninguna de las dos hasta la legislatura siguiente.
El calendario legislativo dominicano se desarrolla en dos legislaturas de 150 días cada una; la próxima inicia el 16 de agosto.